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Estas son las nuevas medidas anti – Covid para Talavera de la Reina

Desde la mañana de este miércoles, 11 de noviembre de 2020, están en vigor las nuevas medidas anti – Covid (Nivel 3) para la ciudad de Talavera de la Reina tras la resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha. Se adoptan líneas especiales en materia de salud pública para la contención de la expansión del coronavirus en todo el término municipal.

Las medidas, que incluyen varias modificaciones respecto a las que estaban en vigor, tendrán una validez de 10 días naturales, prorrogables por otro período de 10 días en base siempre a las circunstancias epidemiológicas. Estas medidas son:

Suspensión de la actividad en el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos con servicio de hostelería

En el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería se suspende la actividad en el interior del local, también en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad. En este tipo de establecimientos además se limita el aforo máximo al 30 por ciento del establecido.

Quedan exceptuados los establecimientos que presten un servicio considerado esencial, como es el caso de los servicios de hostelería en hospitales, clínicas para uso de usuarios y profesionales, en establecimientos hoteleros para uso exclusivo de clientes alojados o en empresas y centros de trabajo para uso de empleados.

Los hoteles sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado al 25 por ciento de su aforo.

Aforo en las terrazas y horario de los negocios hosteleros

Las terrazas de bares y restaurantes tendrán un aforo al 50% del máximo de mesas que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. La ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupaciones de mesas; y el cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00 horas.

Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas para tal efecto, tanto en el interior del local como en la terraza; quedando igualmente prohibido el consumo de comidas y bebidas fuera de éstas.

Celebraciones de bodas, bautizos y comuniones

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, bautizos, comuniones y similares, tanto las que tengan lugar en locales de hostelería y restauración, como en otro tipo de instalaciones, tendrán limitación de su aforo a 60 personas en espacios abiertos y 6 personas en otro tipo de instalaciones; siempre garantizando el resto de medidas recogidas en la regulación en vigor.

Centros sociosanitarios, Centros de Día y las visitas en residencias de mayores

En lo que se refiere a centros sociosanitarios, siguen suspendida, cautelarmente, la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores. También se suprimen las visitas sociales en Residencias de Mayores, centros para personas con discapacidad grave, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios. La entrada a estos centros por parte de personas ajenas se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de los usuarios salvo razones de fuerza mayor en residencias y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor; mientras que sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a un domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencias de las medidas especiales establecidas en el municipio; es decir, no se podrá retornar al centro mientras dichas medidas estén en vigor.

Para ello, además, será necesaria la realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.

En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, o personas con TMG, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con el Covid-19 y que el centro se encuentre libre del mismo en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.

Los trabajadores que, tras su periodo vacacional o ausencia de su puesto de trabajo, por un tiempo superior a una semana, que se incorporen a las residencias sociosanitarias o viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por Covid-19.

Centros de culto y velatorios

En otro orden, y en lo que se refiere a las actividades religiosas de ámbito social como bodas y bautizos se limita la ocupación en espacios cerrados a un 40% del aforo, mientras que al aire libre no deberá superar el número máximo de 100 personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal y las normas higiénico-sanitarias sobre prevención y contención del Covid-19.

Se limita también a un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.

Controles policiales y sanciones

Sobre el consumo de alcohol, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y las autoridades competentes aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. El Ayuntamiento, tal y como se está haciendo, aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

Tiendas, comercios, supermercados y centros comerciales

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.

Autobuses urbanos y taxis

Sobre el transporte, se limitará al 50% la ocupación en autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.

Las medidas prescritas por la Delegación Provincial incluyen un seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara. Si desde el Ayuntamiento se tuviera conocimiento de otros locales o actividades que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad para proceder a su cierre, prohibición o limitación con el fin de frenar la transmisión virus.

Actividades colectivas de ocio, eventos culturales, deportivos, taurinos, bibliotecas, museos y competiciones deportivas no federadas.

Esta nueva resolución mantiene la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otras que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

Las competiciones deportivas de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 20% en espacios interiores y del 50% en exteriores; así como se mantiene el cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso público recreativo público, independientemente de su titularidad. Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad.

Las visitas guiadas a monumento y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas. Se mantiene el cierre de cines, teatros, biblioteca y museos.

Parques y jardines

Continúa el cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual.

Se recuerda específicamente que en los elementos de juego de parques infantiles siguen precintados y su uso prohibido, así como los elementos para uso deportivo en estos espacios. Tampoco podrán usarse los bancos u otros elementos del mobiliario urbano.

En el periodo de tiempo que se permite el acceso a parques y jardines se podrá pasear, hacer deporte o ir en bici.

Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada

Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento de habitual.

Encuentros sociales

En último lugar, la resolución recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y también se recomienda a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 6 personas, incluyendo convivientes.

Estas medidas tendrán una validez de 10 días naturales, prorrogables por otro periodo idéntico. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la pandemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se podrán adoptar medidas complementarias.

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