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jueves, diciembre 12, 2024
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LAS TARJETAS REVOLVING SE COMERCIALIZARÁN CON ORDEN MINISTERIAL

Desde enero de 2021, y con la entrada en vigor de la orden ministerial que regula la comercialización de las conocidas como Tarjetas Revolving, las entidades bancarias deberán cumplir una serie de condiciones y de informaciones transparentes antes de firmar el contrato con sus clientes. Una buena noticia que redundará en la posibilidad de minimizar productos como éste que puedan ser susceptibles de comisiones abusivas.

Así, según la normativa ministerial, antes de adjudicar una línea de crédito a un cliente la entidad bancaria debe ofrecer toda la información sobre el producto, asegurándose de que los solicitantes pueden cubrir sin problema el importe anual de las cuotas suscritas. Así, la orden del Ministerio de Economía establece que el consumidor debe poder amortizar un mínimo anual del 25% del crédito concedido en la tarjeta.

El objetivo de esta medida es que el reintegro de la línea de crédito no se perpetúe en el tiempo ni supere los intereses establecidos, ya que en ocasiones, y por la falta de transparencia que han experimentado en su comercialización durante los últimos años, algunas líneas de crédito han gravado a los usuarios incluso con tasas superiores al 24% TAE.

Otro de los aspectos destacados de la nueva norma para comercialización de las Tarjetas Revolving es la protección del consumidor con la incorporación de obligaciones adicionales de información, tanto en el momento previo a la contratación, como durante toda la vida del contrato, para que el cliente sea consciente de la deuda y de las opciones que tiene para aligerarla con la entidad bancaria.

Además, y también como novedad, las entidades concesionarias del crédito deberán informar al Banco de España sobre los clientes que posean Tarjetas Revolving con créditos a partir de 1.000 euros, y no a partir de 9.000 como era hasta ahora.

A todo ello, y como buenos augurios para los afectados por estas líneas de crédito, distintos juzgados han fallado en las últimas semanas a favor de los usuarios. Como ejemplo, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Madrid contra Wizink, en la que declara nula la cláusula de intereses de una tarjeta por falta de transparencia, o la reciente noticia de que un juzgado madrileño estudiará acciones de cesación contra las Tarjetas Revolving de la entidad Santander Consumer Finance.

En Aequitas Abogados te asesoramos de manera personalizada si crees que puedes estar afectado por cláusulas abusivas en tus líneas de crédito. Contáctanos sin compromiso en el teléfono 925820093 o personalmente en nuestro despacho sito en la Calle San Clemente Nº 12, local de Talavera de la Reina, o a través de nuestras redes sociales:

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