El Reglamento General de Circulación estrena importantes modificaciones desde el 1 de octubre con un objetivo prioritario: aumentar la seguridad de las personas más vulnerables en las vías y adaptar las normas a las nuevas formas de movilidad.
La reforma, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, supone un cambio de enfoque en la regulación del tráfico. La movilidad deja de contemplarse únicamente desde la perspectiva de la carretera y del vehículo para situar a las personas y sus diferentes maneras de desplazarse en el centro de la normativa.

Por primera vez, además, el Reglamento incorpora formalmente el concepto de “usuario vulnerable de la vía”, una categoría en la que se incluyen peatones —con especial atención a menores, personas mayores o con discapacidad—, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), así como conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Nuevas normas para los patinetes y vehículos de movilidad personal
Los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, se encuentran entre los principales afectados por la reforma.
La edad mínima para poder conducir estos vehículos queda fijada en 15 años y el uso del casco de protección será obligatorio.
También deberá utilizarse un chaleco reflectante durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas.
Otra de las novedades llegará el 1 de octubre de 2027, cuando los VMP deberán mantener encendido el alumbrado de manera permanente, incluso durante el día.
Fuera de los núcleos urbanos podrán circular por vías separadas del tráfico motorizado, como vías ciclistas o carriles bici, siempre que no exista una prohibición expresa.
Cambios importantes para los ciclistas
La reforma introduce igualmente nuevas medidas destinadas a mejorar la seguridad de quienes se desplazan en bicicleta.
En las vías interurbanas, el casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas y desaparecen las excepciones existentes hasta ahora.
Los conductores que adelanten a una bicicleta deberán:
- Reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía.
- Mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
- Cambiar completamente de carril cuando la carretera cuente con más de un carril en el mismo sentido.
En las ciudades, los ciclistas deberán circular preferentemente por el centro de su carril.
Además, los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta por el mismo carril tendrán que mantener una distancia mínima de seguridad de cinco metros.
La normativa también permitirá que las bicicletas puedan circular en ambos sentidos por determinadas calles de un único carril cuya velocidad máxima sea de 30 km/h.
Guantes y calzado cerrado para motoristas
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores también tendrán nuevas obligaciones.
En las carreteras interurbanas será obligatorio utilizar guantes de protección, mientras que el calzado cerrado deberá llevarse en cualquier tipo de vía.
Para los usuarios de ciclomotores, el casco deberá ser homologado y no simplemente certificado a partir del 1 de octubre de 2027.
Los motoristas podrán utilizar el arcén derecho cuando existan situaciones de congestión, siempre que el tramo esté debidamente señalizado y no superen los 30 km/h.
Más protección para los trabajadores de reparto
Los denominados riders también cuentan con una regulación específica.
Cuando bicicletas, patinetes, ciclomotores o motocicletas se utilicen para desarrollar una actividad profesional, será obligatorio llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.
La medida busca incrementar la seguridad de unos trabajadores que pasan buena parte de su jornada circulando por las calles y carreteras.
Cambios en los pasos de peatones
Los peatones ocupan igualmente un lugar destacado dentro de esta actualización normativa.
Como regla general, en aquellos pasos de peatones regulados mediante semáforo no podrá coincidir una señal ámbar intermitente para los vehículos con una señal verde no intermitente para los peatones.
En las denominadas calles de plataforma única, donde calzada y acera se encuentran al mismo nivel, los peatones tendrán prioridad.
La reforma también reconoce jurídicamente los caminos escolares seguros, entendidos como vías acondicionadas para facilitar que los menores puedan acceder a los centros educativos andando, mediante transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
Qué hacer ante retenciones y vehículos de emergencia
La reforma regula también el comportamiento de los conductores cuando deben facilitar el paso de los servicios de emergencia.
En vías con dos carriles, los vehículos tendrán que desplazarse hacia ambos lados para dejar libre un corredor central.
Cuando existan tres carriles, los vehículos situados en el izquierdo deberán desplazarse hacia ese mismo lado, mientras que los de los carriles central y derecho tendrán que hacerlo hacia la derecha. De esta forma se crea un espacio libre entre el carril izquierdo y el central para permitir el paso de los servicios prioritarios.
La nieve también modifica las normas de circulación
En autopistas y autovías estará prohibido adelantar cuando la circulación se encuentre dificultada por la nieve.
En estas circunstancias deberá mantenerse libre el carril izquierdo, facilitando así la circulación de vehículos de emergencia y máquinas quitanieves.
Además, los vehículos que tengan que superar a otros que estén inmovilizados por un accidente, avería, trabajos de mantenimiento, auxilio o regulación del tráfico deberán guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
El cinturón será obligatorio también para taxistas y vehículos de mercancías
Entre las restantes novedades aparece una modificación relacionada con el cinturón de seguridad.
Se eliminan determinadas exenciones existentes hasta ahora, por lo que su utilización será obligatoria en todo momento para conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos destinados a la enseñanza de la conducción.
Se contempla una excepción para los pasajeros de ambulancias asistenciales acondicionadas cuando, durante un servicio de urgencia, sea necesario realizar asistencia técnico-sanitaria dentro del habitáculo del paciente.
Nuevas restricciones para las autocaravanas
Las autocaravanas tampoco quedan al margen de la reforma.
Cuando se encuentren estacionadas no podrán desplegar elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán permanecer apoyadas sobre sus neumáticos y tampoco podrán verter al exterior fluidos procedentes del habitáculo.
Una normativa adaptada a las nuevas formas de desplazarse
La Dirección General de Tráfico señala que estas modificaciones responden a la creciente presencia de peatones, bicicletas, motocicletas y vehículos de movilidad personal y pretenden favorecer la convivencia entre las distintas formas de desplazamiento.
La reforma se enmarca igualmente en los objetivos de movilidad segura y sostenible y en los principios de la Agenda 2030, especialmente aquellos relacionados con la salud, el bienestar, el desarrollo de ciudades sostenibles, la utilización de energías menos contaminantes y la acción frente al cambio climático.






